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Impregilo v Argentina

posted Oct 2, 2011, 5:00 PM by IACL
En un laudo dictado el 21 de junio de 2011, el Tribunal Arbitral rechazó las objeciones a la  competencia  del  Centro  y  del  Tribunal  y,  luego  de  negar  los  reclamos  de expropiación  formulados  por  Impregilo,  declaró  que  Argentina  había  violado  el estándar de trato justo y equitativo establecido en el Artículo 2.2 del TBI entre Italia y Argentina.  La  Profesora  Stern  y  el  Juez  Brower  firmaron,  cada  uno,  una  opinión concurrente y disidente (“OCD”).
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